El último día en una empresa te ponen delante un papel con números y la frase «firma aquí». Ese papel es el finiquito, y firmarlo sin mirarlo es la manera más rápida de regalar dinero. Vamos a ver qué tiene que haber dentro y cómo comprobarlo en cinco minutos.
Primero, deshagamos el mito
Finiquito no es sinónimo de despido ni de indemnización. El finiquito es simplemente la liquidación de lo que la empresa te debe hasta el último día, y se cobra siempre que la relación acaba: despido, fin de contrato temporal, baja voluntaria, jubilación. La indemnización, cuando corresponde, es un concepto aparte que puede venir en el mismo documento.
Qué debe incluir, partida a partida

- Salario pendiente: los días trabajados del mes en curso, más atrasos si los hubiera.
- Vacaciones generadas y no disfrutadas: 2,5 días naturales por mes trabajado del año, menos las ya gastadas. Es el concepto que más veces «se olvida».
- Pagas extra prorrateadas: la parte proporcional de las extras devengada desde la última paga (si no las cobras ya prorrateadas mes a mes).
- Horas extra y pluses pendientes de pago.
- Indemnización, si procede (ver tabla abajo).
Cuánta indemnización según el caso
| Motivo del fin | Indemnización |
|---|---|
| Fin de contrato temporal | 12 días por año trabajado |
| Despido objetivo (procedente) | 20 días por año (tope: 12 mensualidades) |
| Despido improcedente | 33 días por año (tope: 24 mensualidades) |
| Baja voluntaria | Sin indemnización |
Cómo comprobarlo rápido

Coge tu última nómina y divide el bruto mensual entre 30: ese es tu salario diario. Multiplica por los días trabajados del mes, suma los días de vacaciones pendientes × ese salario diario, y añade la parte de extras. Si la cifra del papel baila mucho respecto a la tuya, pregunta antes de firmar. Tener las nóminas guardadas —insistimos siempre en aprender a leerlas— convierte esta comprobación en un momento.
Firmar o no firmar: el truco del «no conforme»
Firmar el finiquito con efecto liberatorio significa declarar que estáis en paz. Si tienes dudas, tienes dos herramientas: pedir llevártelo para revisarlo (puedes solicitarlo con antelación, y también pedir que esté presente un representante de los trabajadores) o firmarlo añadiendo de tu puño y letra «no conforme». Con esas dos palabras cobras lo que te ofrecen sin renunciar a reclamar la diferencia después.
Nunca firmes en blanco: no firmes un finiquito con fecha futura ni «en blanco» al empezar a trabajar (sí, se ha visto). Y recuerda los plazos para reclamar: un año para cantidades y 20 días hábiles si lo que discutes es el despido en sí.
Preguntas frecuentes
¿El finiquito es lo mismo que la indemnización?
No. El finiquito es la liquidación de lo que la empresa te debe hasta el último día (salario, vacaciones, pagas extra…) y se cobra siempre. La indemnización solo corresponde en ciertos casos y es un concepto aparte, aunque puede aparecer en el mismo documento.
¿Se cobra finiquito si me voy voluntariamente?
Sí. El finiquito se cobra siempre que acaba la relación laboral, también en la baja voluntaria: te deben el salario de los días trabajados, las vacaciones no disfrutadas y la parte de pagas extra. Lo que no hay en una baja voluntaria es indemnización.
Firmé el finiquito y creo que falta dinero, ¿puedo reclamar?
Si firmaste con efecto liberatorio («conforme») es más difícil, pero no imposible. Por eso conviene firmar añadiendo «no conforme»: así cobras lo ofrecido y conservas el derecho a reclamar la diferencia. El plazo para reclamar cantidades es de un año.
¿Puedo negarme a firmar el finiquito?
Sí. No firmar no impide que cobres lo que te deben. Puedes firmarlo como «no conforme» para cobrar sin renunciar a reclamar, o pedir llevártelo para revisarlo con calma antes de decidir.
